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miércoles, 21 de noviembre de 2012

El derecho de acceso en la normativa de protección de datos y en la administrativa

Recientemente un par de clientes nos han planteado dudas relativas al alcance y contenido del derecho de acceso y esto nos ha llevado a pensar que aún hoy, más de doce años después, la normativa de protección de datos sigue planteando dudas a los responsables de los ficheros, incluso en cuestiones como éstas:

¿qué datos debo dar cuándo alguien solicita acceder a sus datos? ¿debo decirle qué usuarios han accedido a los datos? ¿si se trata de una fichero de videovigilancia debo hacerle una copia de las imágenes en DVD o dejarle ver los videos? ¿se puede ejercitar el derecho de acceso frente a la administración? ¿el derecho de acceso previsto en la normativa de protección de datos es el mismo que el previsto en la normativa administrativa para acceder a los expedientes? 

Este artículo pretende precisamente aclarar éstas y otras cuestiones mediante un análisis de los aspectos que suelen plantear más dudas a los responsables de los ficheros, con especial referencia a los ficheros de videovigilancia y de historias clínicas. Asimismo, destacamos las diferencias existentes entre el derecho de acceso previsto en la normativa de protección de datos y el derecho de acceso a expedientes, registros y archivos regulados en la normativa administrativa. Puedes ver el informe en este enlace

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